PROPUESTAS EN MATERIA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Buena Justicia para un Buen Gobierno
Propuestas en materia de Justicia y Derechos Humanos
Acceso. Proximidad. Transparencia. Eficiencia
Introducción
Desde
el Grupo de Justicia y Derechos Humanos del Frente Patria Grande
venimos trabajando desde hace algunos meses en la elaboración de
propuestas para la reforma del poder judicial y el desarrollo de
políticas públicas de transparencia institucional. Desde
los movimientos sociales y sindicales tenemos diagnósticos y soluciones
para los problemas específicos que atraviesan a los distintos sectores
de la población en relación a la exigibilidad y satisfacción de derechos
sociales y económicos, y también una voz respecto de las reformas
estructurales que necesita el sistema de justicia para transformar su
vínculo con nuestro pueblo, que en la actualidad se ha deteriorado por
completo.
En
particular, nos hemos interesado por pensar políticas para el acceso a
la justicia de sectores populares y vulnerabilizados, la transparencia
institucional, la lucha contra la corrupción, la ejecución de la pena,
la reducción de la reincidencia y la inclusión socio-laboral de quienes
egresan de las cárceles, el diseño de una política criminal realista y
democrática y una reforma judicial basada en la accesibilidad, la
proximidad, la transparencia y la eficiencia. Además
hemos trabajado otros temas que están estrechamente vinculados con la
política judicial, como son la necesaria democratización de la
inteligencia estatal y el control ciudadano de las fuerzas de seguridad.
Han
sido parte de la tarea del Programa de Buena Justicia, en el marco de
los “Programas de Buen Gobierno” que impulsa el Frente Patria Grande,
abogadxs de movimientos sociales y sindicales, juristas, trabajadorxs y
funcionarxs judiciales, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio
Público de la Defensa, investigadorxs del campo de las ciencias
sociales, docentes en contextos de encierro, liberados y militantes
sociales, bajo la coordinación del Dr. Roberto M. Carlés y la Dra.
Gabriela D. Carpineti.
Entendemos que promover una buena justicia para un buen gobierno no puede significar otra cosa que aspirar a un poder judicial comprometido con la realización del bien común. Ello es indisociable de nuestra mirada preferencial por los trabajadores, las mujeres, los jóvenes, los pobres y los excluidos.
Es nuestra convicción que los
derechos humanos no pueden ser comprendidos en forma disociada de los
deberes propios de la vida en sociedad, es decir, de nuestros deberes
para con el otro, que propenden al bien común. En
ese sentido, el Papa Francisco ha hecho un llamado a superar la
perspectiva individualista de los derechos y a profundizar en una
cultura de los derechos humanos “que pueda unir sabiamente la dimensión
individual, o mejor, personal, con la del bien común” (Discurso al Parlamento Europeo, 25 de noviembre de 2014). En efecto, creemos que la
dignidad del hombre se hace plena en la relación con sus semejantes,
por ello los derechos humanos tienen una dimensión colectiva que se
desarrolla en el encuentro con el otro y se concretiza en el bien común.
En
todo esto hemos trabajado a lo largo de este año. Nos hemos organizado
en comisiones por temas específicos, hemos realizado reuniones abiertas
en las que se discutieron las distintas propuestas, viajamos al interior
para exponerlas, las debatimos en universidades, colegios de abogados,
con los actores involucrados y los movimientos sociales.
Ese
proceso de debate abierto culminó en la convocatoria a un encuentro del
que participaron representantes de ocho colegios de abogados y de la
Caja de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, de Justicia Legítima,
de la Asociación Americana de Juristas, de la Asociación de Abogados de
Buenos Aires, de la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y
Criminología, del Instituto Patria, de la Universidad Nacional de José
C. Paz, de la Universidad de Buenos Aires, de la Red de Profesoras de
Derecho, de la Comunidad Homosexual Argentina, del equipo que trabaja en
el programa de Justicia del Frente de Todos, además de otrxs
reconocidxs académicxs, abogadxs y militantes políticos, sindicales y
sociales. En esa oportunidad se decidió conformar un frente (Juristas por la democracia) para trabajar en forma conjunta por una justicia accesible, próxima, transparente y eficiente.
Diagnóstico
En
estos últimos cuatro años se han producido enormes retrocesos en
materia de justicia y transparencia institucional. El gobierno de la
alianza Cambiemos, que llegó al poder con la promesa de fortalecer las
instituciones, administrar en forma transparente y abierta y respetar la
independencia judicial, defraudó a sus votantes también en estos
aspectos.
En
efecto, el gobierno saliente abusó sistemáticamente del poder, operó en
la justicia por vía de intimidación, extorsión, remoción y traslado de
magistrados, y nombró a militantes oficialistas y ex funcionarios de sus
propias gestiones en los más altos cargos judiciales. En
forma reiterada se descalificó y hostigó a abogados laboralistas, del
campo de los derechos humanos y defensores de sectores populares. También
fueron objeto de persecuciones varios abogadxs de perseguidos
políticos, mediante la instrucción de causas penales insólitas y la
aplicación de sanciones económicas.
A
pocos días de asumir, intentó designar a dos jueces de la Corte por
decreto e inició el hostigamiento a la Procuradora General de la Nación. Mediante
el decreto de necesidad y urgencia nro. 257/15 (Anexo II), restringió
la autarquía económica y financiera del Ministerio Público Fiscal y del
Ministerio Público de la Defensa.
En
estos cuatro años han perseguido sistemáticamente a todos los
magistrados que con sus sentencias afectaron intereses del poder. Para
reemplazarlos, se valieron del traslado de magistrados incluso a fueros
distintos de aquellos para los que habían concursado. Las
operaciones mediáticas, las presiones públicas a jueces y fiscales, la
coacción sobre testigos y el desconocimiento de las más elementales
garantías del debido proceso en causas de corrupción, fueron moneda
corriente. La justicia federal porteña, configurada en la década del
noventa como garante judicial de la impunidad, fue la punta de lanza de
una persecución política sin precedentes. Como
nunca antes se acentuó allí la relación promiscua con los servicios de
inteligencia, con la difusión de escuchas ilegales como su expresión más
oprobiosa. La opacidad de la
inteligencia estatal se profundizó con la derogación de la normativa
sobre inteligencia dictada por el gobierno anterior, que establecía
mencanismos de transparencia y control de la Comisión Bicameral de
Fiscalización de Organismos y Actividades de Inteligencia sobre el
presupuesto y la ejecución de acciones de la Agencia Federal de
Inteligencia.
En
estos años, los tribunales tuvieron su habitual conducta frente a la
corrupción del gobierno y la impunidad de la corrupción del presente fue
encubierta sistemáticamente por la oficina que debería investigarla.
A
esta degradación institucional se sumaron las consecuencias del ajuste
económico, de la creciente exclusión social y del retiro del Estado de
sus funcionales sociales a la vez que, en paralelo, profundizó su faz represiva. En
consecuencia, se vaciaron los programas de acceso a la justicia con
presencia territorial; se implementó un protocolo de uso de armas de
fuego para las fuerzas de seguridad que desprecia la vida y pone en
riesgo a los propios agentes; se redujo la política criminal a la
persecución de autores de delitos leves, muchos de ellos producto de la
creciente marginalidad, mediante la implementación de la ley de
flagrancia; se persiguió a los eslabones más débiles de la cadena del
narcotráfico sin afectar a las estructuras que, dentro y fuera del
Estado, son sus mayores responsables. Las
cárceles llegaron a una sobrepoblación récord y se desplegó a las
fuerzas de seguridad en las calles y en los barrios, a pesar de lo cual
se han incrementado los delitos más comunes. Se
reprimió la protesta social y se criminalizó a la pobreza y a los
movimientos sociales; los trabajadores de la economía popular fueron
tratados como delincuentes y se los privó arbitrariamente de sus medios
de subsistencia, en forma reiterada. Se
hizo apología de la violencia, al elogiar desde las más altas esferas
del gobierno a los responsables de conductas homicidas, a las que se
pretendió justificar como casos de cumplimiento del deber policial o de
legítima defensa.
Este
cuadro de situación ha puesto en el centro de la agenda pública al
poder judicial, el órgano de gobierno que goza de menor confianza
pública y una de las instituciones más desprestigiadas de nuestro país. La
ciudadanía percibe la necesidad urgente de devolver cierta normalidad a
este poder del estado, el único órgano de gobierno que no rinde cuentas
y que se sustrae a su escrutinio.
Es
por ello que creemos que es necesario discutir la reforma judicial a la
que aspiramos a la vez que trabajamos para una reforma posible. Para
ello es necesario elevar la mirada más allá de lo sucedido en estos
cuatro años y encarar un proceso de debate que, imbuido por nuestra
experiencia de un espíritu de diálogo, en el encuentro con todos los
actores involucrados y partiendo de una consciente autocrítica, nos
permita encontrar alternativas superadoras a este difícil presente.
Como
primer paso en esta tarea, se impone identificar los problemas que
padece nuestro poder judicial, sean estos de carácter estructural o
coyuntural. Creemos que dichos problemas son de orden institucional, funcional y cultural. Algunos
requerirían de una reforma constitucional para ser resueltos por
completo, una hipótesis que no se presenta como plausible en la
actualidad. Con todo, aun con
la Constitución vigente, en la medida en que se sancionen las leyes
reglamentarias que todavía no se han sancionado y se mejoren las
existentes, es posible obtener importantes resultados.
Problemas de orden institucional:
- El
control de constitucionalidad difuso, en virtud del cual todo juez
puede declarar inconstitucional o suspender en sus efectos a una norma o
acto estatal emanado de autoridades elegidas por el voto popular.
- La ausencia de diálogo interinstitucional.
- La falta de independencia respecto del poder político, económico, mediático y de gobiernos extranjeros.
- El déficit democrático y, por ende, de legitimidad de los jueces.
- La
excesiva concentración de poder en la Corte Suprema de Justicia de la
Nación y en algunos fueros (como la justicia Criminal y Correccional
federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los fueros
Contencioso Administrativo Federal y Civil y Comercial Federal).
- El mal funcionamiento del Consejo de la Magistratura y su estructura corporativa.
- La falta de instancias casatorias que permitan la unificación de criterios jurisprudenciales en cuestiones de derecho de fondo.
Problemas de orden funcional:
- Los obstáculos materiales y simbólicos para el acceso a la justicia.
- La distancia entre las necesidades e intereses de los sectores populares y vulnerables y las decisiones judiciales.
- La incapacidad para resolver problemas comunes de los ciudadanos en forma eficiente y con bajo costo.
Problemas de orden cultural:
- El corporativismo.
- La endogamia, el nepotismo, el elitismo.
- La escasa fundamentación de muchas decisiones jurisdiccionales y el empleo de un lenguaje críptico.
- El conservadurismo, la resistencia al cambio.
- El machismo, la misoginia.
- La aporofobia, la homo/transfobia.
- La reticencia al examen y la rendición de cuentas.
- El verticalismo.
- La
falta de un proceso de incorporación de valores y prácticas como los
que tuvieron lugar en los demás órganos de gobierno a partir de la
transición democrática.
Los
problemas de orden institucional requieren en algunos casos de una
reforma constitucional, un proceso para el cual es necesario un nivel de
consenso y un clima político distinto del actual. Otros pueden ser
resueltos mediante reformas legislativas.
Los
problemas de orden funcional requieren de políticas públicas en materia
judicial, algunas de las cuales deben ser articuladas entre los tres
poderes del Estado.
Los
problemas culturales se resolverán con el tiempo, a partir de las
reformas institucionales y funcionales que implicarán necesariamente
diversos cambios en las prácticas, usos, costumbres y discursos
judiciales.
Todo
cambio o proceso de reforma de la administración de justicia debe
encararse a partir del diálogo con todos los actores involucrados y debe
necesariamente ser el fruto del consenso entre ellos y de un amplio
proceso participativo y deliberativo con intervención de todos los
actores de la sociedad civil. Es
importante también no generalizar al momento de elaborar diagnósticos y
críticas al poder judicial y sus agentes y operadores.
Entendemos que las reformas a encarar deben propender a la promoción de un servicio de justicia basado en el acceso, la proximidad, la transparencia y la eficiencia,
con capacidad para ofrecer soluciones concretas a los problemas de los
ciudadanos y, en particular, con sensibilidad por las necesidades de los
más vulnerables. Estos cuatro principios, que se sintetizan en la noción de bien común, inspiran las políticas que aquí proponemos y que tienen por máxima finalidad la de garantizar la efectividad de los derechos.
Las políticas públicas necesarias para contrarrestar estos problemas han sido agrupadas aquí en las siguientes materias:
- Reforma judicial.
- Acceso a la justicia, en particular para sectores populares y vulnerabilizados.
- Políticas de transparencia institucional y lucha contra la corrupción.
- Política criminal.
- Políticas
de ejecución penal y para la reducción de la reincidencia y la
inclusión socio-laboral de los egresados del sistema penitenciario.
- Políticas de derechos humanos.
Además, como cuestiones vinculadas a la administración de justicia, hemos incluido también:
- Democratización de la Agencia Federal de Inteligencia.
- Control ciudadano de las fuerzas de seguridad.
Reforma Judicial
· Modificación del régimen de selección y nombramiento de magistrados.
Las
entrevistas a candidatos deben eliminarse o servir para canalizar
inquietudes de consejeros y de la ciudadanía, no para atribuir puntaje
en el concurso. Es importante
también que se equipare la actividad profesional independiente o en
cualquier otro órgano estatal, en áreas jurídicas vinculadas al
concurso, con los antecedentes judiciales.
· Participación ciudadana en las entrevistas que realiza el Consejo de la Magistratura a los candidatos.
· Mayor difusión de los llamados a concursos y de sus resultados.
· Definición de una composición equilibrada, federal, plural y democrática del Consejo de la Magistratura. Modificación de la forma de elección de los representantes políticos y adopción de un sistema proporcional.
· Sanción por ley de los límites a las facultades del Poder Ejecutivo previstas actualmente en los decretos 222/2003 y 588/2003.
· Limitación de la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en la selección de los candidatos.
Sanción de una ley que considere nula la selección de magistrados que carezca de fundamentos. En particular se deberá fundamentar las razones por las que no se elija al candidato mejor posicionado, cuando ello sucediera.
· Ingreso a la magistratura por orden de mérito, sin sustanciar un concurso o elaborar una terna para cada vacante.
· Promoción de la implementación de la Ley de Ingreso Democrático.
· Definición de mecanismos transparentes y públicos para los ascensos.
· Eliminación de las designaciones interinas, salvo cuando fueren estrictamente necesarias.
· Monitoreo del cumplimiento de la “Ley Micaela” en el ámbito del Poder Judicial y del Ministerio Público.
· Promoción de una mayor licencia por paternidad y del establecimiento de centros de cuidado para la primera infancia.
· Discusión de la implementación de Convenios Colectivos de Trabajo en el Poder Judicial de la Nación.
· Implementación de bandas horarias para extender el horario de atención.
· Definición
de nuevos supuestos de procedencia de la habilitación de la feria
judicial y reducir las interrupciones del servicio público de justicia
durante estos períodos.
· Cupo femenino y políticas para avanzar hacia la paridad de género en el Poder Judicial y en el Ministerio Público.
· Evaluación periódica de jueces y funcionarios, con control interno y externo.
El
sentido de esta política es el de identificar criterios y oportunidades
para mejorar los procesos, servicios y prestaciones de la
administración de justicia. La evaluación debe ser técnica, transparente
y con participación ciudadana.
· Promoción del acceso a la formación de posgrado en las universidades públicas argentinas.
· Impulso
de la Escuela Judicial de la Nación y centralización de la formación
para la magistratura con una política articulada con el Consejo de la
Magistratura, el Poder Judicial de la Nación, el Ministerio Público
Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa.
· Implementación
por ley un sistema de capacitación y actualización permanente para
todos los magistrados y funcionarios del Poder Judicial.
· Revisión de la Ley de Subrogancias y cese de esta práctica extendida.
· Prohibición de traslados de magistrados.
· Revisión de los mecanismos de sanción y remoción de magistrados.
· Revisión de la Ley de Fortalecimiento de los Tribunales Orales.
· Sanción de un Código de Ética Judicial.
Este
Código deberá abordar, entre otras, la cuestión del lenguaje empleado
en las resoluciones judiciales. En ese sentido, se deberá promover el
uso de un lenguaje coloquial en detrimento de términos oscuros o de
extensos textos que esconden el vacío argumentativo.
· Revisión del Reglamento para la Justicia Nacional y Federal.
· Redacción de protocolos de actuación por fueros e instancias.
· Modificación
del decreto 557/2005 en lo atinente a los fondos del presupuesto del
Poder Judicial de la Nación atribuidos a la Corte Suprema.
· Revisión de los requisitos para las recusaciones y excusaciones de los magistrados.
· Creación de una Dirección de Estadística Judicial que registre la actividad del sistema de administración de justicia.
La
labor de esta Dirección deberá incluir el registro de causas,
resultados, tiempo empleado, horas de trabajo de magistrados, licencias,
etc. De este modo se someterá
su tarea a un mayor escrutinio por parte de la sociedad y se propiciará
que los propios magistrados ejerzan un mejor control de su actividad y
la de sus dependientes.
· Realización
periódica de Encuestas de Necesidades Jurídicas Insatisfechas, que
serán la base de las políticas públicas en materia de justicia y en
particular de acceso.
· Mejoramiento del proceso de captura, almacenamiento, distribución y análisis de los datos sobre la gestión judicial.
· Elaboración
de un sistema de indicadores que permita caracterizar y evaluar a nivel
sistémico al poder judicial, ministerios públicos y demás organismos
que brindan asistencia jurídica, sobre cuya base se monitoreará y
comparará la evolución en el tiempo de la gestión judicial (indicadores
de estructura, procesos y resultados de acuerdo a parámetros
internacionales de medición establecidos en el Protocolo de San Salvador
y demás indicadores de acceso a la justicia que el Estado está obligado
a observar en virtud de compromisos internacionales: Convención de
Belem do Pará, Objetivos de Desarrollo Sustentable, entre otros).
· Promoción
de una política de “justicia abierta” que incluya la efectiva
implementación y aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública
en el Poder Judicial.
· Publicidad de todos los fallos, sentencias, resoluciones y acordadas judiciales y dictámenes del Ministerio Público.
· Incorporación
de la figura del vocero judicial, que asuma la obligación y
responsabilidad de comunicar en forma fehaciente y precisa las
decisiones judiciales, a fin de evitar distorsiones por parte de los
medios de comunicación.
· Definición
de políticas de comunciación pública que garanticen el derecho a la
información completa y accesible sobre procesos judiciales en curso, la
información estadística existente y los mecanismos disponibles de acceso
a la justicia.
· Fortalecimiento
de procesos de transparencia activa (apertura y publicación de datos)
en el Poder Judicial y en el Ministerio Público.
· Publicidad
de las declaraciones juradas patrimoniales de todos los magistrados,
funcionarios judiciales y de sus familiares directos, en valores reales.
· Implementación
del expediente informático en todos los fueros y compatibilización y
conexión de los diversos sistemas informáticos de todas las
jurisdicciones y niveles.
· Implementación de la oralidad en todos los procesos judiciales, en todas las etapas procesales.
Esto
implicaría una justicia más ágil, el fortalecimiento de la inmediación,
la reducción de la duración de los procesos así como un mayor
conocimiento y comprensión de su tramitación por parte de los
justiciables.
· Promoción de mecanismos de prevención, control y sanción del retraso judicial y de los auxiliares de justicia.
· Elaboración
de un mapa de diagnóstico de las necesidades, falencias y conflictos en
el Poder Judicial nacional, federal y provinciales.
Se identificarán situaciones de atraso en la labor judicial, relación entre cantidad de funcionarios, causas y población. Con la participación de organizaciones sociales se establecerán mecanismos de evaluación periódica externa.
· Declaración de la emergencia edilicia de la justicia nacional y federal.
· Definición
de un plan de mejoramiento de la infraestructura edilicia
(aprovechamiento de inmuebles disponibles, conformación de polos
judiciales).
· Fortalecimiento de la tecnología necesaria para agilizar la labor judicial.
· Reforzamiento de los recursos humanos y materiales necesarios para el mejor funcionamiento del Poder Judicial.
· Promoción
del traspaso con recursos de las competencias de la justicia nacional a
la local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
· Impulso
de la designación de un/a Procurador/a General de la Nación, de acuerdo
a las previsiones constitucionales y legales, de manera abierta y
participativa.
· Establecimiento de un mandato con tiempo limitado para el Procurador General de la Nación.
· Impulso de la implementación del Consejo General del Ministerio Público Fiscal.
· Promoción
de la creación de un cuerpo de investigadores y de un laboratorio
forense dependientes de la estructura central de la Procuración General
de la Nación (Cuerpo de Investigaciones Fiscales).
· Promoción de la implementación de la Procuraduría de Defensa de la Constitución.
· Restauración de la autarquía financiera del Ministerio Público Fiscal.
· Traspaso
de la interceptación y captación de comunicaciones al ámbito del
Ministerio Público Fiscal, bajo control de la Comisión Bicameral
Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público Fiscal de la
Nación y de la Comisión Bicameral de Fiscalización de Organismos y
Actividades de Inteligencia del Congreso de la Nación.
· Apoyo a la implementación de las fiscalías de distrito.
· Impulso
del Programa de Modernización del Ministerio Público Fiscal, con el fin
de avanzar en la digitalización de procesos, la recopilación de
información de toda la institución, el mejoramiento de la tecnología
empleada, la comunicación entre sus integrantes y hacia otras
instituciones y la sociedad toda.
· Reforma
del sistema disciplinario y sancionatorio del Ministerio Público
Fiscal, que depende actualmente de la voluntad y decisión del Procurador
General.
· Apoyo
a la Red Territorial de Promotoras contra la Violencia de Género.
Coordinación entre justicia provincial y federal para derivar casos y
colaborar en procesos; facilitación de la articulación entre mujeres de
los barrios populares; relación directa entre justicia y referentes
sociales; capacitación en género para integrantes de la administración
de justicia con la incorporación de una referencia específica dentro de
cada dependencia.
· Impulso
del Programa de Promotores contra la Trata de Personas y el Trabajo
Forzoso, con vínculos entre sindicatos, organizaciones sociales y la
justicia federal, para denunciar e intervenir en estos casos. El programa incluye capacitaciones y mecanismos de asesoramiento y denuncia online.
· Incorporación de juicios por jurados en litigios de complejidad y relevancia social.
· Impulso
de la designación de un/a Defensor/a del Pueblo de la Nación, de
acuerdo a las previsiones constitucionales y legales, de manera abierta y
participativa.
· Fortalecimiento de esta figura en todas las instancias subnacionales.
· Asignación
de un presupuesto adecuado a la Defensoría de Niños, Niñas y
Adolescentes y promoción del patrocinio jurídico especializado y
gratuito en todas las instancias subnacionales.
· Fomento de mecanismos de participación popular como las audiencias públicas y los amicus curiae, en particular en causas de interés público.
· Sanción de una ley de procesos colectivos. Facilitación
de la tutela judicial efectiva en casos de vulneraciones de derechos
colectivos y sobre grupos específicos (gratuidad, legitimación activa
amplia, impulso de oficio, ejecutabilidad de sentencias, reducción de
barreras para la concesión de medidas cautelares, publicidad, etc.).
· Sanción de un nuevo Código Procesal Civil y Comercial.
· Implementación de las Cámaras Federales de Casación (derogadas por Ley 27.500).
· Creación del fuero Laboral Federal.
Será competente, fundamentalmente:
- en materia de conflictos colectivos sindicales, agotada la vía administrativa federal. En
efecto, deberá ser compentente en los casos previstos por el artículo
62 de la Ley de Asociaciones Sindicales (acciones que promueva la
autoridad administrativa del trabajo; recursos contra resoluciones
administrativas definitivas que decidan sobre el otorgamiento de
personería gremial, encuadramiento sindical y otros actos
administrativos de igual carácter, una vez agotada la instancia
administrativa; demanda por denegatoria tácita de una personería
gremial; demanda por denegatoria tácita de una inscripción; acciones de
encuadramiento sindical que promuevan por haber vencido el plazo
establecido para que se pronuncie la autoridad administrativa, sin que
ésta lo hubiera hecho; recursos previstos en el artículo 36 de la Ley de
Asociaciones Sindicales, sobre la facultad de la federación de
intervenir a la asociación de grado inferior);
- en
litigios derivados de contratos de ajustes por infortunios producidos
en ultramar, de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema de la
Nación. El contrato de ajuste
es un contrato de trabajo con características especial por el hecho de
que el trabajador embarcado se encuentra a disposición y en el lugar de
prestación de tareas durtante toda la jornada;
- en
litigios por accidentes laborales que sufran dependientes del Estado
nacional o entidades autárquicas (universidades nacionales, entes
reguladores, bancos públicos, etc.).
- en apelaciones contra decisiones de las comisiones médicas jurisdiccionales y de la Comisión Médica Central;
- en
acciones interpuestas contra los fondos de garantía (por insolvencia
patronal) y de reserva (por liquidación de una aseguradora);
- en
la revisión judicial de decisiones del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social de la Nación (ej.: poder de policía, declaraciones de
insalubridad, apremios, calificación de legalidad de la huelga, etc.).
· Revisión de la ley nacional de medidas cautelares contra el Estado.
· Reforma
de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, en particular con
el fin de asegurar plazos adecuados de respuesta estatal en casos que
no admiten dilaciones.
· Ampliación
de la procedencia de recursos y presentaciones en sede administrativa
en casos en los que estén en juego intereses colectivos, con amplio
reconocimiento de la legitimación activa de organizaciones de la
sociedad civil.
· Promoción de la autonomía del Ministerio Público en las provincias.
Acceso a la Justicia
· Adopción
plena de los estándares mínimos establecidos en las Reglas de Brasilia
sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de
Vulnerabilidad.
· Implementación y reforzamiento de los Centros de Acceso a la Justicia.
De
acuerdo a las poblaciones a ser abarcadas, con el fin de facilitar el
acceso a la justicia y los trámites vinculados a la administración
pública. Deberán funcionar como
ventanillas únicas de atención descentralizada para canalizar reclamos y
peticiones de todas las carteras y jurisdicciones.
Cada centro deberá contar con asistencia a víctimas de violencia de género y explotación sexual y laboral.
En
los centros habrá representación del Instituto Nacional contra la
Discriminación, la Xenofobia y el Racismo para atender problemáticas
relacionadas con su competencia, en particular, las derivadas de la
inequidad de género, el acoso sexual, laboral, y la discriminación
laboral que sufren las mujeres y el colectivo LGTBI.
· Ampliación
de los sistemas de acceso a la justicia disponibles y definición de
mecanismos de coordinación de políticas interinstitucionales y de
derivación (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio
Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa).
· Implementación un protocolo uniforme de respuestas de todos los dispositivos de acceso a la justicia.
· Sistematizar y difundir buenas prácticas de políticas públicas de acceso a la justicia.
· Digitalización
de la totalidad de los trámites y establecimiento de canales expeditos
de comunicación y servicios en línea gratuitos, sin eliminar las
instancias de atención presencial.
· Implementación una política de sistematización, evaluación y monitoreo de la asistencia jurídica.
· Promoción de programas de abogacía social y de prácticas pro bono en todas las jurisdicciones, con incentivos para las/os abogadas/os que se inscriban en estos programas.
· Fortalecimiento de la información sobre el derecho a la asistencia jurídica.
· Revisión
de la ley de amparo (costos del proceso, plazos de caducidad, requisito
de agotamiento de vía administrativa, entre otros).
· Establecimiento
por ley de la obligación de considerar las condiciones de desigualdad
de las partes en los procesos que así lo permitan, a fin de compensar
los impactos negativos que ello pudiera generar en el sostenimiento y el
resultado del proceso.
· Mejoramiento
y simplificación del mecanismo para acceder al beneficio de litigar sin
gastos y establecimiento de un sistema de presunciones automáticas para
el otorgamiento del beneficio (por ejemplo, en caso de ser beneficiario
de un programa estatal focalizado).
· Extensión
del beneficio de litigar sin gastos y de justicia gratuita para las
acciones colectivas dirigidas a proteger derechos de personas,
colectivos y comunidades vulnerabilizadas.
· Implementación
de órganos de mediación y resolución de conflictos de trabajadores de
la economía popular en el ámbito urbano y rural.
· Promoción
de la aplicación plena del principio protectorio procesal con reformas
procesales (medidas para mejor proveer, factibilidad del fallo ultra petita,
principio de carga dinámica de la prueba) con el fin de asegurar la
igualdad real de las partes y sobre la base de los estándares fijados
por el derecho internacional del trabajo.
· Promoción
de procesos laborales expeditivos, de un criterio uniforme en relación a
la forma de calcular la indemnización laboral y de la admisión de
ejecuciones parciales de sentencias en el supuesto de admisión de deuda
por el demandado.
· Promoción
del derecho a la libertad y a la democracia sindical, sin requerir
tramitaciones administrativas previas de carácter obligatorio.
· Revisión
de los códigos procesales en lo concerniente a la competencia y
evaluación de la posibilidad de que los trabajadores del sector público
puedan acceder a la jurisdicción laboral.
· Implementación
de patrocinios y defensas letradas acorde a la Ley de Derechos y
Garantías de las Personas Víctimas de Delitos y su reglamentación.
· Creación de la Dirección de Usuarios y Consumidores en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
· Creación de un fuero migratorio (previsto por la ley 25.871).
· Promoción de una justicia de proximidad en las provincias.
Un
sistema de justicia de proximidad para resolver, mediante mecanismos y
procesos expeditos, problemas comunes o de menor cuantía o escaso
contenido patrimonial (conflictos vecinales, daños menores al
patrimonio, reclamos sobre servicios públicos, relaciones de consumo,
etc.).
· Descentralización de la defensa de usuarios de servicios públicos en el ámbito local.
· Fortalecimiento
en todas las jurisdicciones de los entes de control y regulación de los
servicios públicos; unificación y simplificación de las formas y
mecanismos de reclamos disponibles para la ciudadanía y promoción de su
difusión.
· Promoción
de la implementación de fueros de relaciones de consumo en el ámbito de
las provincias con oficinas itinerantes con presencia territorial.
· Promoción y desarrollo de los Centros de Mediación Comunitaria a nivel municipal.
· Incorporación explícita de los principios de amplitud probatoria y de carga dinámica de la prueba.
· Limitación
de la facultad discrecional de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación para no dar tratamiento al recurso extraordinario federal, sin
necesidad de expresar fundamentos.
· Impulso de mecanismos alternativos de solución de conflictos.
· Evaluación
de la pertinencia de la obligatoriedad de la mediación prejudicial, a
partir de datos, a fin de que no opere como una barrera para el acceso a
la jurisdicción.
· Definición de incentivos para la autocomposición del litigio por las partes, para los distintos procesos judiciales.
· Reglamentación del Acuerdo de Escazú (Acuerdo
Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y
el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el
Caribe).
· Reforma de la legislación vigente para asegurar la bilateralidad en todos los procesos de desocupación de inmuebles.
· Sanción
de una ley para la elaboración participativa de normas (en línea con el
decreto 1172/2003) y su aplicación inmediata a la deliberación sobre
las reformas necesarias en materia de justicia.
· Definición de mecanismos de consultas entre el Poder Judicial y oficinas especializadas de los otros poderes del Estado.
· Revisión
de los programas de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado y
jerarquización de una carrera única en convenio con universidades
nacionales.
Políticas de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción
Las
políticas en materia de transparencia institucional y lucha contra la
corrupción deben ser definidas en un nuevo Plan Nacional Anticorrupción,
luego de una amplia deliberación previa con fuerte participación
social. Este Plan deberá comprender cuatro niveles de intervención:
- integridad pública;
- prevención de la corrupción;
- transparencia en la gestión;
- investigación y sanción de delitos contra la administración pública.
· Políticas de integridad
- Impulso de una nueva Ley de Ética en la Función Pública.
- Creación
de organismos de aplicación de la ley autónomos para los tres poderes
(reemplazo de la Comisión Nacional de Ética Pública y de la Oficina
Anticorrupción).
- Creación
de un Consejo Nacional Anticorrupción en el ámbito del Poder
Legislativo, con participación de organizaciones sociales y con un/a
titular elegido/a por concurso por un plazo determinado.
- Regulación de conflictos de intereses, incluyendo supuestos de interés potencial e indirecto. Establecimiento por ley de períodos de enfriamiento. Regulación
integral del ingreso, tránsito y egreso de funcionarios públicos, para
evitar la captura del Estado por intereses privados (puerta giratoria y conflictos de intereses).
- Obligación
de presentar declaraciones juradas patrimoniales para todo funcionario
de cualquiera de los tres poderes que tenga alguna función decisoria o
la administración de recursos públicos.
- Implementación
de un sistema de declaraciones juradas que permita el efectivo y
público seguimiento de la evolución patrimonial de todos los
funcionarios.
- Acceso a la información en gastos de publicidad y a las agendas de los funcionarios.
- Publicación online de las variaciones semestrales ocurridas sobre el activo y el pasivo declarados.
- Implementación
de la obligación de declarar si se es beneficiario de vehículos
societarios y/o financieros constituidos en países de nula o baja
tributación fiscal.
- Fortalecimiento de la carrera administrativa y de los concursos.
- Creación del registro nacional de inversiones off shore.
- Incorporación
como sujetos obligados a presentar declaraciones juradas patrimoniales
de los directores de empresas proveedoras y contratistas del Estado.
- Discusión
acerca de la tenencia de activos radicados en el exterior y su
repatriación (en el caso de ser activos financieros) al inicio de la
función pública.
- Implementación
del desprendimiento obligatorio de activos que pudieren generar algún
conflicto de interés directo o indirecto, actual o potencial con los
deberes que correspondan en virtud del cargo asumido.
- Formación
de áreas de transparencia y anticorrupción en ministerios y agencias
relevantes en cuanto a su rol institucional y asignación presupuestaria,
para que lleven adelante políticas de prevención, detección y denuncia
de posibles actos de corrupción, con autoridades elegidas mediante
concurso público.
· Políticas de prevención
- Sanción de un nuevo régimen de compras y contrataciones públicas.
- Creación de un organismo autónomo encargado de gestionar la información de los proveedores.
- Realización
de cruce de datos con las provincias y municipios a efectos de evitar
la contratación con empresas sancionadas en otras jurisdicciones y para
detectar preventivamente conflictos de intereses e incompatibilidades.
- Fomento de la utilización de la herramienta de elaboración participativa de pliegos.
- Implementación
de capacitaciones periódicas en materia de contrataciones, ética en la
función pública y corrupción, destinadas no solo a funcionarios sino
también a proveedores inscriptos y preinscriptos.
- Prohibición de contratar con el Estado de proveedores que tengan cuentas en paraísos fiscales.
- Desarrollo
de canales de denuncias y consultas en el ámbito del órgano rector del
sistema de contrataciones, abierto tanto a funcionarios y proveedores
como a terceros.
- Sanción de una ley de publicidad oficial.
- Plena publicidad de aportes recibidos por partidos políticos.
- Creación
de un organismo autónomo a cargo de los aspectos ejecutivos del proceso
electoral (que podría administrar los aportes y controlar su destino).
- Creación
de una comisión de control conformada por organizaciones de la sociedad
civil, a los efectos de implementar mecanismos de control alternativos
de la gestión del Estado, fomentando la participación ciudadana.
- Seguimiento de la conformación de las UTEs y sus subcontratistas.
· Políticas de transparencia
- Promoción
de la aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública y
creación de los organismos de control en los tres poderes del estado,
con autarquía de recursos y autonomía funcional.
- Apertura
de la información sobre mercados financieros locales y participación de
ciudadanos argentinos en mercados financieros extranjeros y paraísos
fiscales.
- Sanción de una ley de regulación de gestión de intereses (lobby).
- Sanción
de una ley de integridad empresarial que exija programas de integridad a
las empresas que se relacionen con el sector público.
· Políticas de investigación y sanción
- Sanción
de una ley de extinción de dominio acorde a las garantías
constitucionales y efectiva para el recupero de activos de la
corrupción. Debe regular específicamente las causales que dan lugar al inicio del procedimiento de recupero de activos.
- Creación
de acciones legales específicas por daños y perjucios derivados de
delitos contra la administración pública y de la violación de
disposiciones vigentes en materia de transparencia institucional
(ejemplo: definición de cuadro tarifario en perjuicio de la sociedad;
facilitar o no arbitrar medios necesarios para contrastar una corrida
cambiaria o la fuga de capitales, etc.).
- Implementación
adecuada, transparente y no discrecional de los mecanismos de delación
premiada y revisión del modo en que impacta el acuerdo sobre las medidas
de coerción. Ampliar su alcance a delitos no abarcados actualmente como los cambiarios, fiscales, financieros y aduaneros.
- Reforzamiento
de los controles sobre el sistema de escuchas telefónicas en el marco
de investigaciones penales, tanto respecto de la autorización judicial
como de su realización y posterior custodia.
- Revisión
de los tipos penales que configuran delitos de corrupción,
actualización del monto de las penas, mejoramiento de la redacción del
artículo sobre prescripción, ampliación del régimen de responsabilidad
penal de las personas jurídicas y revisión de las penas accesorias a la
privación de la libertad.
- Penalización
del conflicto de intereses, la manipulación en las cotizaciones y el
mercado bursátil, el abuso de posición dominante, la desnaturalización
del libre mercado, la obtención indebida de fondos de los presupuestos,
etc.
- Definición de un mecanismo de seguimiento de la actividad de los magistrados.
- Fortalecimiento,
mediante recursos técnicos y humanos, de las agencias especializadas en
delitos de corrupción del Ministerio Público Fiscal (Procuraduría de
Investigaciones Administrativas y Procuraduría de Criminalidad Económica
y Lavado de Activos).
- Reforma de los organismos de control (AGN, SIGEN, UIF) basada en la independencia funcional y presupuestaria. Implementación de políticas de transparencia y participación ciudadana en todos estos organismos.
- Auditoría
social del funcionamiento de los organismos de servicios públicos
basada en criterios contables, financieros y de derechos humanos,
destinada a estudiar posibles irregularidades y negociados.
- Impulso del seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones de estos organismos, con mayor participación ciudadana.
- Inclusión en el Código Procesal Penal del juicio por jurados para delitos de corrupción y de la figura de querella colectiva.
- Sanción
de una Ley de Protección Integral de Denunciantes y Testigos en causas
de Corrupción, Delitos Económicos y Criminalidad Organizada.
- Ejecución de un plan de capacitaciones sobre ética pública y anticorrupción en los tres poderes del estado.
- Inclusión
en los programas de formación ética y ciudadana de todos los ámbitos
educativos de los debates y políticas públicas relativas a la
corrupción.
- Estimación
del daño social provocado por la corrupción sobre las principales
dimensiones de las políticas públicas relacionadas con el aseguramiento
de derechos esenciales.
Política Criminal
· Implementación plena del nuevo Código Procesal Penal y del sistema acusatorio.
· Creación de una Policía de Investigaciones.
· Sanción de un nuevo Código Penal.
El nuevo Código debe resistematizar el vigente y reintegrar en un texto único a toda la legislación penal complementaria. Debe prever penas proporcionales a la gravedad de los hechos y alternativas para delitos leves de autores primarios. Se
tipificarán las formas actuales de la criminalidad organizada, se
ampliará la responsabilidad penal de las personas jurídicas, se
incorporarán delitos informáticos, delitos contra el ambiente y se
pondrá énfasis en la sanción del narcotráfico y la corrupción.
· Adecuación
de la Ley de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes a lo dispuesto por
la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Arriola”.
· Despenalización del aborto.
· Incorporación de la legítima defensa privilegiada en contextos de violencia de género.
· Creación de un Consejo Federal de Política Criminal y de un Centro Federal de Estadística Criminal.
· Sanción de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil.
· Establecimiento de criterios legales precisos para la aplicación de medidas de coerción procesal.
· Revisión de criterios de ejecución de la pena a nivel federal y provincial, atendiendo la situación actual de las cárceles.
· Incorporación de tecnología para denuncias remotas de casos de explotación laboral, sexual y de trata de personas.
· Implementación de Oficinas de Medidas Alternativas y Sustitutivas de la Prisión Preventiva.
· Consolidación de la participación de la víctima en el proceso penal.
· Implementación de los mecanismos de conciliación previstos en el nuevo Código Procesal Penal Federal.
· Implementación de otros mecanismos de solución alternativa de conflictos, en particular para delitos leves y no violentos.
· Implementación del Sistema de Justicia Penal Restaurativa.
· Creación
de un fuero de Violencia de Género que dé respuestas inmediatas. Los
nuevos juzgados deberán estar dotados de profesionales que permitan un
abordaje interdisciplinario de la problemática.
· Ampliación del Fuero Criminal y Correcional Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Políticas de ejecución penal y para la reducción de la reincidencia e inclusión socio-laboral de los egresados del sistema penitenciario
· Definición de cupos para las unidades penitenciarias.
· Designación de un(a) nuevo(a) Procurador(a) Penitenciario(a)
· Articulación de la Procuración Penitenciaria con el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura.
· Establecimiento de un sistema de concursos para integrar las delegaciones de la Procuración Penitenciaria.
· Revisión de las facultades de las delegaciones provinciales de la Procuración Penitenciaria de la Nación.
· Impulso
de la creación de mecanismos provinciales de prevención de la tortura y
otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
· Promoción del acceso a la educación en todos los niveles y a la formación profesional.
· Revisión de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal.
· Establecimiento de un sistema de formación permanente de los agentes del servicio penitenciario federal.
· Definición de políticas para asegurar el bienestar y la seguridad de todos los agentes del servicio penitenciario federal.
· Creación de una nueva Dirección de Asistencia y Control de la Ejecución Penal.
· Acceso
a la asistencia técnica y representación legal de las personas privadas
de la libertad en materia penal y no penal, así como en todo
procedimiento o sanciones administrativas.
· Aplicación de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela).
· Implementación de un programa de empleo para ex detenidos y detenidas.
Destinado
a personas con condena agotada en un término no mayor a seis meses,
liberados condicionalmente, condenados en semilibertad y procesados con
prisión preventiva no inferior a un año que hubieren sido excarcelados. Promoverá su inclusión en entidades mutuales y cooperativas y se establecerá un cupo en la administración pública nacional. Se
promoverá el empleo mediante incentivos y contrataciones de bienes y
servicios a los privados que cumplan con un determinado cupo.
Políticas de Derechos humanos
· Impulso del proceso de Memoria, Verdad y Justicia.
Reforzamiento del impulso del Poder Ejecutivo en las querellas y en la recuperación de identidades.
· Implementación
de la Comisión Bicameral de Identificación de las Complicidades
Económicas y Financieras durante el Terrorismo de Estado.
· Creación de un área específica de prevención y sanción administrativa de expresiones negacionistas.
· Preservación de los sitios de memoria.
· Reforzamiento del Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos.
· Definición de políticas públicas para la protección de los derechos culturales y a la tierra de los pueblos originarios.
· Remoción
de barreras para el acceso a la justicia de las comunidades indígenas,
en particular en lo concerniente a su legitimación procesal.
· Establecimiento
de un procedimiento rápido y expedito para que las comunidades
indígenas puedan recurrir a instancias administrativas o judiciales
cuando se vulnere el derecho a la consulta y consentimiento libre,
previo e informado sobre proyectos que impacten en sus modos de vida.
· Realización
del relevamiento jurídico técnico catastral previsto en la Ley 26.160
(Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena).
· Sanción
de una ley para dotar de seguridad jurídica a los territorios de las
comunidades indígenas, que incluya procedimientos rápidos para la
titulación colectiva de tierras.
· Incorporación a todas las jurisdicciones de los estándares fijados por el Convenio OIT Nº169.
· Defensa del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y acatamiento de las recomendaciones y sentencias de sus organismos.
· Promoción,
desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, de la implementación de políticas
públicas adecuadas a las directivas y opiniones de los organismos
internacionales de derechos humanos.
· Implementación
de un sistema de seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones
internacionales de los organismos creados en virtud de tratados de
derechos humanos.
· Coordinación
de un mecanismo que permita el control de la ejecución a nivel
nacional, provincial y local de las decisiones de los organismos
regionales y universales de derechos humanos.
· Políticas para adultos mayores. Prevención de la violencia intrafamiliar e institucional.
· Impulso
del tratamiento preferencial en la tramitación, resolución y ejecución
de decisiones en procesos administrativos y judiciales en los que sean
parte personas mayores, en particular si existe riesgo para la salud o
la vida.
· Políticas para jóvenes. Promoción de su participación en el diseño y elaboración de políticas públicas.
· Realización periódica de relevamientos nacionales sobre la situación de institucionalización de niños, niñas y adolescentes.
· Políticas
para personas con discapacidad. Implementación y monitoreo de la
Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
· Fortalecimiento
de órganos de control y supervisión de las internaciones y de las
políticas de salud mental, con independencia y autonomía, en todas las
jurisdicciones.
· Políticas de diversidad. Establecimiento de cupos laborales para travestis, transexuales y transgéneros. Reforma de la Ley Antidiscriminatoria.
· Adopción
de protocolos de atención y no discriminación para grupos en situación
de vulnerabilidad, consensuados y validados con los colectivos
implicados e implementados de manera uniforme entre distintos sectores
del Estado.
· Creación de un Centro de Asistencia a Víctimas de Delitos.
Se
trata de brindar asistencia psicológica a víctimas de delitos contra la
vida, la integridad sexual, violaciones a derechos humanos y otras
formas de violencia.
· Incentivo de la implementación de defensorías públicas para las víctimas en las provincias.
· Implementación de la ley 27.452 (“Ley Brisa”) para la reparación económica de hijxs de víctimas de femicidios.
· Reestablecimiento
de la normativa vigente por ley 25.871, derogación del decreto de
necesidad y urgencia 70/2017, declarado inconstitucional y señalado por
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como un enorme retroceso
en materia de derechos humanos de los migrantes.
· Promoción de políticas de integración y articulación para el aseguramiento de los derechos de los migrantes.
Democratización de la Agencia Federal de Inteligencia
· Reforma
del Sistema de Inteligencia Nacional para garantizar la transparencia
en la asignación de recursos y en el ejercicio de sus funciones.
· Levantamiento
del secreto sobre los fondos de la Agencia Federal, reestablecido por
el actual gobierno en contradicción con la solución amistosa alcanzada
entre el Estado argentino y las víctimas del atentado a la AMIA en el
ámbito de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
· Reestablecimiento del diseño institucional establecido en el decreto 1311/15.
· Impulso
de la Escuela Nacional de Inteligencia y creación de la Carrera de
Inteligencia con participación de universidades nacionales.
Control Ciudadano de las Fuerzas de Seguridad
· Creación de un Auditoría Externa del Accionar de las Fuerzas de Seguridad.
· Fortalecimiento
de la Dirección Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional
y del PRONALCI en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos (Programa Nacional de Lucha contra la Impunidad).
· Creación de un Programa de Control Ciudadano de las Fuerzas de Seguridad.
Funcionará
en forma descentralizada, con participación ciudadana, de acuerdo a las
mejores prácticas de las distintas experiencias de registro, control y
rendición de cuentas de las organizaciones sociales.
Este dispositivo tendrá capacidad para:
a) registrar y visibilizar las diversas situaciones de abusos policiales en los barrios;
b) identificar situaciones problemáticas recurrentes y patrones de conducta que deberán ser abordados por el área correspondiente;
c) establecer mecanismos de generación de denuncias sobre abuso policial;
d) generar
instancias de comunicación, participación y rendición de cuentas de las
fuerzas policiales intervinientes en el territorio.
Se promoverá su implementación en las provincias desde el Consejo de Seguridad Interior.
· Derogación
del Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte
de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad (“Protocolo
Bullrich”) y adecuación de esa normativa a los Principios Básicos sobre
el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios
Encargados de Hacer Cumplir la Ley.
· Revisión de las leyes orgánicas de las fuerzas de seguridad.
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