PROPUESTAS EN MATERIA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Buena Justicia para un Buen Gobierno
Propuestas en materia de Justicia y Derechos Humanos


Acceso. Proximidad. Transparencia. Eficiencia



Introducción

Desde el Grupo de Justicia y Derechos Humanos del Frente Patria Grande venimos trabajando desde hace algunos meses en la elaboración de propuestas para la reforma del poder judicial y el desarrollo de políticas públicas de transparencia institucional. Desde los movimientos sociales y sindicales tenemos diagnósticos y soluciones para los problemas específicos que atraviesan a los distintos sectores de la población en relación a la exigibilidad y satisfacción de derechos sociales y económicos, y también una voz respecto de las reformas estructurales que necesita el sistema de justicia para transformar su vínculo con nuestro pueblo, que en la actualidad se ha deteriorado por completo.
En particular, nos hemos interesado por pensar políticas para el acceso a la justicia de sectores populares y vulnerabilizados, la transparencia institucional, la lucha contra la corrupción, la ejecución de la pena, la reducción de la reincidencia y la inclusión socio-laboral de quienes egresan de las cárceles, el diseño de una política criminal realista y democrática y una reforma judicial basada en la accesibilidad, la proximidad, la transparencia y la eficiencia. Además hemos trabajado otros temas que están estrechamente vinculados con la política judicial, como son la necesaria democratización de la inteligencia estatal y el control ciudadano de las fuerzas de seguridad.
Han sido parte de la tarea del Programa de Buena Justicia, en el marco de los “Programas de Buen Gobierno” que impulsa el Frente Patria Grande, abogadxs de movimientos sociales y sindicales, juristas, trabajadorxs y funcionarxs judiciales, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, investigadorxs del campo de las ciencias sociales, docentes en contextos de encierro, liberados y militantes sociales, bajo la coordinación del Dr. Roberto M. Carlés y la Dra. Gabriela D. Carpineti.
Entendemos que promover una buena justicia para un buen gobierno no puede significar otra cosa que aspirar a un poder judicial comprometido con la realización del bien común. Ello es indisociable de nuestra mirada preferencial por los trabajadores, las mujeres, los jóvenes, los pobres y los excluidos.
Es nuestra convicción que los derechos humanos no pueden ser comprendidos en forma disociada de los deberes propios de la vida en sociedad, es decir, de nuestros deberes para con el otro, que propenden al bien común. En ese sentido, el Papa Francisco ha hecho un llamado a superar la perspectiva individualista de los derechos y a profundizar en una cultura de los derechos humanos “que pueda unir sabiamente la dimensión individual, o mejor, personal, con la del bien común” (Discurso al Parlamento Europeo, 25 de noviembre de 2014). En efecto, creemos que la dignidad del hombre se hace plena en la relación con sus semejantes, por ello los derechos humanos tienen una dimensión colectiva que se desarrolla en el encuentro con el otro y se concretiza en el bien común.
En todo esto hemos trabajado a lo largo de este año. Nos hemos organizado en comisiones por temas específicos, hemos realizado reuniones abiertas en las que se discutieron las distintas propuestas, viajamos al interior para exponerlas, las debatimos en universidades, colegios de abogados, con los actores involucrados y los movimientos sociales.
Ese proceso de debate abierto culminó en la convocatoria a un encuentro del que participaron representantes de ocho colegios de abogados y de la Caja de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, de Justicia Legítima, de la Asociación Americana de Juristas, de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, de la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología, del Instituto Patria, de la Universidad Nacional de José C. Paz, de la Universidad de Buenos Aires, de la Red de Profesoras de Derecho, de la Comunidad Homosexual Argentina, del equipo que trabaja en el programa de Justicia del Frente de Todos, además de otrxs reconocidxs académicxs, abogadxs y militantes políticos, sindicales y sociales. En esa oportunidad se decidió conformar un frente (Juristas por la democracia) para trabajar en forma conjunta por una justicia accesible, próxima, transparente y eficiente.

Diagnóstico
En estos últimos cuatro años se han producido enormes retrocesos en materia de justicia y transparencia institucional. El gobierno de la alianza Cambiemos, que llegó al poder con la promesa de fortalecer las instituciones, administrar en forma transparente y abierta y respetar la independencia judicial, defraudó a sus votantes también en estos aspectos.
En efecto, el gobierno saliente abusó sistemáticamente del poder, operó en la justicia por vía de intimidación, extorsión, remoción y traslado de magistrados, y nombró a militantes oficialistas y ex funcionarios de sus propias gestiones en los más altos cargos judiciales. En forma reiterada se descalificó y hostigó a abogados laboralistas, del campo de los derechos humanos y defensores de sectores populares. También fueron objeto de persecuciones varios abogadxs de perseguidos políticos, mediante la instrucción de causas penales insólitas y la aplicación de sanciones económicas.
A pocos días de asumir, intentó designar a dos jueces de la Corte por decreto e inició el hostigamiento a la Procuradora General de la Nación. Mediante el decreto de necesidad y urgencia nro. 257/15 (Anexo II), restringió la autarquía económica y financiera del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa.
En estos cuatro años han perseguido sistemáticamente a todos los magistrados que con sus sentencias afectaron intereses del poder. Para reemplazarlos, se valieron del traslado de magistrados incluso a fueros distintos de aquellos para los que habían concursado. Las operaciones mediáticas, las presiones públicas a jueces y fiscales, la coacción sobre testigos y el desconocimiento de las más elementales garantías del debido proceso en causas de corrupción, fueron moneda corriente. La justicia federal porteña, configurada en la década del noventa como garante judicial de la impunidad, fue la punta de lanza de una persecución política sin precedentes. Como nunca antes se acentuó allí la relación promiscua con los servicios de inteligencia, con la difusión de escuchas ilegales como su expresión más oprobiosa. La opacidad de la inteligencia estatal se profundizó con la derogación de la normativa sobre inteligencia dictada por el gobierno anterior, que establecía mencanismos de transparencia y control de la Comisión Bicameral de Fiscalización de Organismos y Actividades de Inteligencia sobre el presupuesto y la ejecución de acciones de la Agencia Federal de Inteligencia.
En estos años, los tribunales tuvieron su habitual conducta frente a la corrupción del gobierno y la impunidad de la corrupción del presente fue encubierta sistemáticamente por la oficina que debería investigarla.
A esta degradación institucional se sumaron las consecuencias del ajuste económico, de la creciente exclusión social y del retiro del Estado de sus funcionales sociales a la vez que, en paralelo, profundizó su faz represiva. En consecuencia, se vaciaron los programas de acceso a la justicia con presencia territorial; se implementó un protocolo de uso de armas de fuego para las fuerzas de seguridad que desprecia la vida y pone en riesgo a los propios agentes; se redujo la política criminal a la persecución de autores de delitos leves, muchos de ellos producto de la creciente marginalidad, mediante la implementación de la ley de flagrancia; se persiguió a los eslabones más débiles de la cadena del narcotráfico sin afectar a las estructuras que, dentro y fuera del Estado, son sus mayores responsables. Las cárceles llegaron a una sobrepoblación récord y se desplegó a las fuerzas de seguridad en las calles y en los barrios, a pesar de lo cual se han incrementado los delitos más comunes. Se reprimió la protesta social y se criminalizó a la pobreza y a los movimientos sociales; los trabajadores de la economía popular fueron tratados como delincuentes y se los privó arbitrariamente de sus medios de subsistencia, en forma reiterada. Se hizo apología de la violencia, al elogiar desde las más altas esferas del gobierno a los responsables de conductas homicidas, a las que se pretendió justificar como casos de cumplimiento del deber policial o de legítima defensa.
Este cuadro de situación ha puesto en el centro de la agenda pública al poder judicial, el órgano de gobierno que goza de menor confianza pública y una de las instituciones más desprestigiadas de nuestro país. La ciudadanía percibe la necesidad urgente de devolver cierta normalidad a este poder del estado, el único órgano de gobierno que no rinde cuentas y que se sustrae a su escrutinio.
Es por ello que creemos que es necesario discutir la reforma judicial a la que aspiramos a la vez que trabajamos para una reforma posible. Para ello es necesario elevar la mirada más allá de lo sucedido en estos cuatro años y encarar un proceso de debate que, imbuido por nuestra experiencia de un espíritu de diálogo, en el encuentro con todos los actores involucrados y partiendo de una consciente autocrítica, nos permita encontrar alternativas superadoras a este difícil presente.
Como primer paso en esta tarea, se impone identificar los problemas que padece nuestro poder judicial, sean estos de carácter estructural o coyuntural. Creemos que dichos problemas son de orden institucional, funcional y cultural. Algunos requerirían de una reforma constitucional para ser resueltos por completo, una hipótesis que no se presenta como plausible en la actualidad. Con todo, aun con la Constitución vigente, en la medida en que se sancionen las leyes reglamentarias que todavía no se han sancionado y se mejoren las existentes, es posible obtener importantes resultados. 
Problemas de orden institucional:
- El control de constitucionalidad difuso, en virtud del cual todo juez puede declarar inconstitucional o suspender en sus efectos a una norma o acto estatal emanado de autoridades elegidas por el voto popular.
- La ausencia de diálogo interinstitucional.
- La falta de independencia respecto del poder político, económico, mediático y de gobiernos extranjeros.
- El déficit democrático y, por ende, de legitimidad de los jueces.
- La excesiva concentración de poder en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en algunos fueros (como la justicia Criminal y Correccional federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los fueros Contencioso Administrativo Federal y Civil y Comercial Federal).
- El mal funcionamiento del Consejo de la Magistratura y su estructura corporativa.
- La falta de instancias casatorias que permitan la unificación de criterios jurisprudenciales en cuestiones de derecho de fondo.
Problemas de orden funcional:
- Los obstáculos materiales y simbólicos para el acceso a la justicia.
- La distancia entre las necesidades e intereses de los sectores populares y vulnerables y las decisiones judiciales.
- La incapacidad para resolver problemas comunes de los ciudadanos en forma eficiente y con bajo costo.
Problemas de orden cultural:
- El corporativismo.
- La endogamia, el nepotismo, el elitismo.
- La escasa fundamentación de muchas decisiones jurisdiccionales y el empleo de un lenguaje críptico.
- El conservadurismo, la resistencia al cambio.
- El machismo, la misoginia.
- La aporofobia, la homo/transfobia.
- La reticencia al examen y la rendición de cuentas.
- El verticalismo.
- La falta de un proceso de incorporación de valores y prácticas como los que tuvieron lugar en los demás órganos de gobierno a partir de la transición democrática.

Los problemas de orden institucional requieren en algunos casos de una reforma constitucional, un proceso para el cual es necesario un nivel de consenso y un clima político distinto del actual. Otros pueden ser resueltos mediante reformas legislativas.
Los problemas de orden funcional requieren de políticas públicas en materia judicial, algunas de las cuales deben ser articuladas entre los tres poderes del Estado.
Los problemas culturales se resolverán con el tiempo, a partir de las reformas institucionales y funcionales que implicarán necesariamente diversos cambios en las prácticas, usos, costumbres y discursos judiciales.
Todo cambio o proceso de reforma de la administración de justicia debe encararse a partir del diálogo con todos los actores involucrados y debe necesariamente ser el fruto del consenso entre ellos y de un amplio proceso participativo y deliberativo con intervención de todos los actores de la sociedad civil. Es importante también no generalizar al momento de elaborar diagnósticos y críticas al poder judicial y sus agentes y operadores.
Entendemos que las reformas a encarar deben propender a la promoción de un servicio de justicia basado en el acceso, la proximidad, la transparencia y la eficiencia, con capacidad para ofrecer soluciones concretas a los problemas de los ciudadanos y, en particular, con sensibilidad por las necesidades de los más vulnerables. Estos cuatro principios, que se sintetizan en la noción de bien común, inspiran las políticas que aquí proponemos y que tienen por máxima finalidad la de garantizar la efectividad de los derechos.
Las políticas públicas necesarias para contrarrestar estos problemas han sido agrupadas aquí en las siguientes materias:
- Reforma judicial.
- Acceso a la justicia, en particular para sectores populares y vulnerabilizados.
- Políticas de transparencia institucional y lucha contra la corrupción.
- Política criminal.
- Políticas de ejecución penal y para la reducción de la reincidencia y la inclusión socio-laboral de los egresados del sistema penitenciario.
- Políticas de derechos humanos.
Además, como cuestiones vinculadas a la administración de justicia, hemos incluido también:
- Democratización de la Agencia Federal de Inteligencia.
- Control ciudadano de las fuerzas de seguridad.

Reforma Judicial

· Modificación del régimen de selección y nombramiento de magistrados.
Las entrevistas a candidatos deben eliminarse o servir para canalizar inquietudes de consejeros y de la ciudadanía, no para atribuir puntaje en el concurso. Es importante también que se equipare la actividad profesional independiente o en cualquier otro órgano estatal, en áreas jurídicas vinculadas al concurso, con los antecedentes judiciales.
· Participación ciudadana en las entrevistas que realiza el Consejo de la Magistratura a los candidatos.
· Mayor difusión de los llamados a concursos y de sus resultados.
· Definición de una composición equilibrada, federal, plural y democrática del Consejo de la Magistratura. Modificación de la forma de elección de los representantes políticos y adopción de un sistema proporcional.
· Sanción por ley de los límites a las facultades del Poder Ejecutivo previstas actualmente en los decretos 222/2003 y 588/2003.
· Limitación de la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en la selección de los candidatos.
Sanción de una ley que considere nula la selección de magistrados que carezca de fundamentos. En particular se deberá fundamentar las razones por las que no se elija al candidato mejor posicionado, cuando ello sucediera.
· Ingreso a la magistratura por orden de mérito, sin sustanciar un concurso o elaborar una terna para cada vacante.
· Promoción de la implementación de la Ley de Ingreso Democrático.
· Definición de mecanismos transparentes y públicos para los ascensos.
· Eliminación de las designaciones interinas, salvo cuando fueren estrictamente necesarias.
· Monitoreo del cumplimiento de la “Ley Micaela” en el ámbito del Poder Judicial y del Ministerio Público.
· Promoción de una mayor licencia por paternidad y del establecimiento de centros de cuidado para la primera infancia.
· Discusión de la implementación de Convenios Colectivos de Trabajo en el Poder Judicial de la Nación.
· Implementación de bandas horarias para extender el horario de atención.
· Definición de nuevos supuestos de procedencia de la habilitación de la feria judicial y reducir las interrupciones del servicio público de justicia durante estos períodos.
· Cupo femenino y políticas para avanzar hacia la paridad de género en el Poder Judicial y en el Ministerio Público.
· Evaluación periódica de jueces y funcionarios, con control interno y externo.
El sentido de esta política es el de identificar criterios y oportunidades para mejorar los procesos, servicios y prestaciones de la administración de justicia. La evaluación debe ser técnica, transparente y con participación ciudadana.
· Promoción del acceso a la formación de posgrado en las universidades públicas argentinas.
· Impulso de la Escuela Judicial de la Nación y centralización de la formación para la magistratura con una política articulada con el Consejo de la Magistratura, el Poder Judicial de la Nación, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa.
· Implementación por ley un sistema de capacitación y actualización permanente para todos los magistrados y funcionarios del Poder Judicial.
· Revisión de la Ley de Subrogancias y cese de esta práctica extendida.
· Prohibición de traslados de magistrados.
· Revisión de los mecanismos de sanción y remoción de magistrados.
· Revisión de la Ley de Fortalecimiento de los Tribunales Orales.
· Sanción de un Código de Ética Judicial.
Este Código deberá abordar, entre otras, la cuestión del lenguaje empleado en las resoluciones judiciales. En ese sentido, se deberá promover el uso de un lenguaje coloquial en detrimento de términos oscuros o de extensos textos que esconden el vacío argumentativo.
· Revisión del Reglamento para la Justicia Nacional y Federal.
· Redacción de protocolos de actuación por fueros e instancias.
· Modificación del decreto 557/2005 en lo atinente a los fondos del presupuesto del Poder Judicial de la Nación atribuidos a la Corte Suprema.
· Revisión de los requisitos para las recusaciones y excusaciones de los magistrados.
· Creación de una Dirección de Estadística Judicial que registre la actividad del sistema de administración de justicia.
La labor de esta Dirección deberá incluir el registro de causas, resultados, tiempo empleado, horas de trabajo de magistrados, licencias, etc. De este modo se someterá su tarea a un mayor escrutinio por parte de la sociedad y se propiciará que los propios magistrados ejerzan un mejor control de su actividad y la de sus dependientes.
· Realización periódica de Encuestas de Necesidades Jurídicas Insatisfechas, que serán la base de las políticas públicas en materia de justicia y en particular de acceso.
· Mejoramiento del proceso de captura, almacenamiento, distribución y análisis de los datos sobre la gestión judicial.
· Elaboración de un sistema de indicadores que permita caracterizar y evaluar a nivel sistémico al poder judicial, ministerios públicos y demás organismos que brindan asistencia jurídica, sobre cuya base se monitoreará y comparará la evolución en el tiempo de la gestión judicial (indicadores de estructura, procesos y resultados de acuerdo a parámetros internacionales de medición establecidos en el Protocolo de San Salvador y demás indicadores de acceso a la justicia que el Estado está obligado a observar en virtud de compromisos internacionales: Convención de Belem do Pará, Objetivos de Desarrollo Sustentable, entre otros).
· Promoción de una política de “justicia abierta” que incluya la efectiva implementación y aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública en el Poder Judicial.
· Publicidad de todos los fallos, sentencias, resoluciones y acordadas judiciales y dictámenes del Ministerio Público.
· Incorporación de la figura del vocero judicial, que asuma la obligación y responsabilidad de comunicar en forma fehaciente y precisa las decisiones judiciales, a fin de evitar distorsiones por parte de los medios de comunicación.
· Definición de políticas de comunciación pública que garanticen el derecho a la información completa y accesible sobre procesos judiciales en curso, la información estadística existente y los mecanismos disponibles de acceso a la justicia.
· Fortalecimiento de procesos de transparencia activa (apertura y publicación de datos) en el Poder Judicial y en el Ministerio Público.
· Publicidad de las declaraciones juradas patrimoniales de todos los magistrados, funcionarios judiciales y de sus familiares directos, en valores reales.
· Implementación del expediente informático en todos los fueros y compatibilización y conexión de los diversos sistemas informáticos de todas las jurisdicciones y niveles.
· Implementación de la oralidad en todos los procesos judiciales, en todas las etapas procesales.
Esto implicaría una justicia más ágil, el fortalecimiento de la inmediación, la reducción de la duración de los procesos así como un mayor conocimiento y comprensión de su tramitación por parte de los justiciables.
· Promoción de mecanismos de prevención, control y sanción del retraso judicial y de los auxiliares de justicia.
· Elaboración de un mapa de diagnóstico de las necesidades, falencias y conflictos en el Poder Judicial nacional, federal y provinciales.
Se identificarán situaciones de atraso en la labor judicial, relación entre cantidad de funcionarios, causas y población. Con la participación de organizaciones sociales se establecerán mecanismos de evaluación periódica externa.
· Declaración de la emergencia edilicia de la justicia nacional y federal.
· Definición de un plan de mejoramiento de la infraestructura edilicia (aprovechamiento de inmuebles disponibles, conformación de polos judiciales).
· Fortalecimiento de la tecnología necesaria para agilizar la labor judicial.
· Reforzamiento de los recursos humanos y materiales necesarios para el mejor funcionamiento del Poder Judicial.
· Promoción del traspaso con recursos de las competencias de la justicia nacional a la local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
· Impulso de la designación de un/a Procurador/a General de la Nación, de acuerdo a las previsiones constitucionales y legales, de manera abierta y participativa.
· Establecimiento de un mandato con tiempo limitado para el Procurador General de la Nación.
· Impulso de la implementación del Consejo General del Ministerio Público Fiscal.
· Promoción de la creación de un cuerpo de investigadores y de un laboratorio forense dependientes de la estructura central de la Procuración General de la Nación (Cuerpo de Investigaciones Fiscales).
· Promoción de la implementación de la Procuraduría de Defensa de la Constitución.
· Restauración de la autarquía financiera del Ministerio Público Fiscal.
· Traspaso de la interceptación y captación de comunicaciones al ámbito del Ministerio Público Fiscal, bajo control de la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público Fiscal de la Nación y de la Comisión Bicameral de Fiscalización de Organismos y Actividades de Inteligencia del Congreso de la Nación.
· Apoyo a la implementación de las fiscalías de distrito.
· Impulso del Programa de Modernización del Ministerio Público Fiscal, con el fin de avanzar en la digitalización de procesos, la recopilación de información de toda la institución, el mejoramiento de la tecnología empleada, la comunicación entre sus integrantes y hacia otras instituciones y la sociedad toda.
· Reforma del sistema disciplinario y sancionatorio del Ministerio Público Fiscal, que depende actualmente de la voluntad y decisión del Procurador General.
· Apoyo a la Red Territorial de Promotoras contra la Violencia de Género. Coordinación entre justicia provincial y federal para derivar casos y colaborar en procesos; facilitación de la articulación entre mujeres de los barrios populares; relación directa entre justicia y referentes sociales; capacitación en género para integrantes de la administración de justicia con la incorporación de una referencia específica dentro de cada dependencia.
· Impulso del Programa de Promotores contra la Trata de Personas y el Trabajo Forzoso, con vínculos entre sindicatos, organizaciones sociales y la justicia federal, para denunciar e intervenir en estos casos. El programa incluye capacitaciones y mecanismos de asesoramiento y denuncia online.
· Incorporación de juicios por jurados en litigios de complejidad y relevancia social.
· Impulso de la designación de un/a Defensor/a del Pueblo de la Nación, de acuerdo a las previsiones constitucionales y legales, de manera abierta y participativa.
· Fortalecimiento de esta figura en todas las instancias subnacionales.
· Asignación de un presupuesto adecuado a la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes y promoción del patrocinio jurídico especializado y gratuito en todas las instancias subnacionales.
· Fomento de mecanismos de participación popular como las audiencias públicas y los amicus curiae, en particular en causas de interés público.
· Sanción de una ley de procesos colectivos. Facilitación de la tutela judicial efectiva en casos de vulneraciones de derechos colectivos y sobre grupos específicos (gratuidad, legitimación activa amplia, impulso de oficio, ejecutabilidad de sentencias, reducción de barreras para la concesión de medidas cautelares, publicidad, etc.).
· Sanción de un nuevo Código Procesal Civil y Comercial.
· Implementación de las Cámaras Federales de Casación (derogadas por Ley 27.500).
· Creación del fuero Laboral Federal.
Será competente, fundamentalmente:
- en materia de conflictos colectivos sindicales, agotada la vía administrativa federal. En efecto, deberá ser compentente en los casos previstos por el artículo 62 de la Ley de Asociaciones Sindicales (acciones que promueva la autoridad administrativa del trabajo; recursos contra resoluciones administrativas definitivas que decidan sobre el otorgamiento de personería gremial, encuadramiento sindical y otros actos administrativos de igual carácter, una vez agotada la instancia administrativa; demanda por denegatoria tácita de una personería gremial; demanda por denegatoria tácita de una inscripción; acciones de encuadramiento sindical que promuevan por haber vencido el plazo establecido para que se pronuncie la autoridad administrativa, sin que ésta lo hubiera hecho; recursos previstos en el artículo 36 de la Ley de Asociaciones Sindicales, sobre la facultad de la federación de intervenir a la asociación de grado inferior);
- en litigios derivados de contratos de ajustes por infortunios producidos en ultramar, de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema de la Nación. El contrato de ajuste es un contrato de trabajo con características especial por el hecho de que el trabajador embarcado se encuentra a disposición y en el lugar de prestación de tareas durtante toda la jornada;
- en litigios por accidentes laborales que sufran dependientes del Estado nacional o entidades autárquicas (universidades nacionales, entes reguladores, bancos públicos, etc.).
- en apelaciones contra decisiones de las comisiones médicas jurisdiccionales y de la Comisión Médica Central;
- en acciones interpuestas contra los fondos de garantía (por insolvencia patronal) y de reserva (por liquidación de una aseguradora);
- en la revisión judicial de decisiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación (ej.: poder de policía, declaraciones de insalubridad, apremios, calificación de legalidad de la huelga, etc.).
· Revisión de la ley nacional de medidas cautelares contra el Estado.
· Reforma de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, en particular con el fin de asegurar plazos adecuados de respuesta estatal en casos que no admiten dilaciones.
· Ampliación de la procedencia de recursos y presentaciones en sede administrativa en casos en los que estén en juego intereses colectivos, con amplio reconocimiento de la legitimación activa de organizaciones de la sociedad civil.
· Promoción de la autonomía del Ministerio Público en las provincias.



Acceso a la Justicia

· Adopción plena de los estándares mínimos establecidos en las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad.
· Implementación y reforzamiento de los Centros de Acceso a la Justicia.
De acuerdo a las poblaciones a ser abarcadas, con el fin de facilitar el acceso a la justicia y los trámites vinculados a la administración pública. Deberán funcionar como ventanillas únicas de atención descentralizada para canalizar reclamos y peticiones de todas las carteras y jurisdicciones.
Cada centro deberá contar con asistencia a víctimas de violencia de género y explotación sexual y laboral.
En los centros habrá representación del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo para atender problemáticas relacionadas con su competencia, en particular, las derivadas de la inequidad de género, el acoso sexual, laboral, y la discriminación laboral que sufren las mujeres y el colectivo LGTBI.
· Ampliación de los sistemas de acceso a la justicia disponibles y definición de mecanismos de coordinación de políticas interinstitucionales y de derivación (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa).
· Implementación un protocolo uniforme de respuestas de todos los dispositivos de acceso a la justicia.
· Sistematizar y difundir buenas prácticas de políticas públicas de acceso a la justicia.
· Digitalización de la totalidad de los trámites y establecimiento de canales expeditos de comunicación y servicios en línea gratuitos, sin eliminar las instancias de atención presencial.
· Implementación una política de sistematización, evaluación y monitoreo de la asistencia jurídica.
· Promoción de programas de abogacía social y de prácticas pro bono en todas las jurisdicciones, con incentivos para las/os abogadas/os que se inscriban en estos programas.
· Fortalecimiento de la información sobre el derecho a la asistencia jurídica.
· Revisión de la ley de amparo (costos del proceso, plazos de caducidad, requisito de agotamiento de vía administrativa, entre otros).
· Establecimiento por ley de la obligación de considerar las condiciones de desigualdad de las partes en los procesos que así lo permitan, a fin de compensar los impactos negativos que ello pudiera generar en el sostenimiento y el resultado del proceso.
· Mejoramiento y simplificación del mecanismo para acceder al beneficio de litigar sin gastos y establecimiento de un sistema de presunciones automáticas para el otorgamiento del beneficio (por ejemplo, en caso de ser beneficiario de un programa estatal focalizado).
· Extensión del beneficio de litigar sin gastos y de justicia gratuita para las acciones colectivas dirigidas a proteger derechos de personas, colectivos y comunidades vulnerabilizadas.
· Implementación de órganos de mediación y resolución de conflictos de trabajadores de la economía popular en el ámbito urbano y rural.
· Promoción de la aplicación plena del principio protectorio procesal con reformas procesales (medidas para mejor proveer, factibilidad del fallo ultra petita, principio de carga dinámica de la prueba) con el fin de asegurar la igualdad real de las partes y sobre la base de los estándares fijados por el derecho internacional del trabajo.
· Promoción de procesos laborales expeditivos, de un criterio uniforme en relación a la forma de calcular la indemnización laboral y de la admisión de ejecuciones parciales de sentencias en el supuesto de admisión de deuda por el demandado.
· Promoción del derecho a la libertad y a la democracia sindical, sin requerir tramitaciones administrativas previas de carácter obligatorio.
· Revisión de los códigos procesales en lo concerniente a la competencia y evaluación de la posibilidad de que los trabajadores del sector público puedan acceder a la jurisdicción laboral.
· Implementación de patrocinios y defensas letradas acorde a la Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos y su reglamentación.
· Creación de la Dirección de Usuarios y Consumidores en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
· Creación de un fuero migratorio (previsto por la ley 25.871).
· Promoción de una justicia de proximidad en las provincias.
Un sistema de justicia de proximidad para resolver, mediante mecanismos y procesos expeditos, problemas comunes o de menor cuantía o escaso contenido patrimonial (conflictos vecinales, daños menores al patrimonio, reclamos sobre servicios públicos, relaciones de consumo, etc.).
· Descentralización de la defensa de usuarios de servicios públicos en el ámbito local.
· Fortalecimiento en todas las jurisdicciones de los entes de control y regulación de los servicios públicos; unificación y simplificación de las formas y mecanismos de reclamos disponibles para la ciudadanía y promoción de su difusión.
· Promoción de la implementación de fueros de relaciones de consumo en el ámbito de las provincias con oficinas itinerantes con presencia territorial.
· Promoción y desarrollo de los Centros de Mediación Comunitaria a nivel municipal.
· Incorporación explícita de los principios de amplitud probatoria y de carga dinámica de la prueba.
· Limitación de la facultad discrecional de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para no dar tratamiento al recurso extraordinario federal, sin necesidad de expresar fundamentos.
· Impulso de mecanismos alternativos de solución de conflictos.
· Evaluación de la pertinencia de la obligatoriedad de la mediación prejudicial, a partir de datos, a fin de que no opere como una barrera para el acceso a la jurisdicción.
· Definición de incentivos para la autocomposición del litigio por las partes, para los distintos procesos judiciales.
· Reglamentación del Acuerdo de Escazú (Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe).
· Reforma de la legislación vigente para asegurar la bilateralidad en todos los procesos de desocupación de inmuebles.
· Sanción de una ley para la elaboración participativa de normas (en línea con el decreto 1172/2003) y su aplicación inmediata a la deliberación sobre las reformas necesarias en materia de justicia.
· Definición de mecanismos de consultas entre el Poder Judicial y oficinas especializadas de los otros poderes del Estado.
· Revisión de los programas de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado y jerarquización de una carrera única en convenio con universidades nacionales.

Políticas de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción

Las políticas en materia de transparencia institucional y lucha contra la corrupción deben ser definidas en un nuevo Plan Nacional Anticorrupción, luego de una amplia deliberación previa con fuerte participación social. Este Plan deberá comprender cuatro niveles de intervención:
- integridad pública;
- prevención de la corrupción;
- transparencia en la gestión;
- investigación y sanción de delitos contra la administración pública.

· Políticas de integridad

- Impulso de una nueva Ley de Ética en la Función Pública.
- Creación de organismos de aplicación de la ley autónomos para los tres poderes (reemplazo de la Comisión Nacional de Ética Pública y de la Oficina Anticorrupción).
- Creación de un Consejo Nacional Anticorrupción en el ámbito del Poder Legislativo, con participación de organizaciones sociales y con un/a titular elegido/a por concurso por un plazo determinado.
- Regulación de conflictos de intereses, incluyendo supuestos de interés potencial e indirecto. Establecimiento por ley de períodos de enfriamiento. Regulación integral del ingreso, tránsito y egreso de funcionarios públicos, para evitar la captura del Estado por intereses privados (puerta giratoria y conflictos de intereses).
- Obligación de presentar declaraciones juradas patrimoniales para todo funcionario de cualquiera de los tres poderes que tenga alguna función decisoria o la administración de recursos públicos.
- Implementación de un sistema de declaraciones juradas que permita el efectivo y público seguimiento de la evolución patrimonial de todos los funcionarios.
- Acceso a la información en gastos de publicidad y a las agendas de los funcionarios.
- Publicación online de las variaciones semestrales ocurridas sobre el activo y el pasivo declarados.
- Implementación de la obligación de declarar si se es beneficiario de vehículos societarios y/o financieros constituidos en países de nula o baja tributación fiscal.
- Fortalecimiento de la carrera administrativa y de los concursos.
- Creación del registro nacional de inversiones off shore.
- Incorporación como sujetos obligados a presentar declaraciones juradas patrimoniales de los directores de empresas proveedoras y contratistas del Estado.
- Discusión acerca de la tenencia de activos radicados en el exterior y su repatriación (en el caso de ser activos financieros) al inicio de la función pública.
- Implementación del desprendimiento obligatorio de activos que pudieren generar algún conflicto de interés directo o indirecto, actual o potencial con los deberes que correspondan en virtud del cargo asumido.
- Formación de áreas de transparencia y anticorrupción en ministerios y agencias relevantes en cuanto a su rol institucional y asignación presupuestaria, para que lleven adelante políticas de prevención, detección y denuncia de posibles actos de corrupción, con autoridades elegidas mediante concurso público.

· Políticas de prevención
- Sanción de un nuevo régimen de compras y contrataciones públicas.
- Creación de un organismo autónomo encargado de gestionar la información de los proveedores.
- Realización de cruce de datos con las provincias y municipios a efectos de evitar la contratación con empresas sancionadas en otras jurisdicciones y para detectar preventivamente conflictos de intereses e incompatibilidades.
- Fomento de la utilización de la herramienta de elaboración participativa de pliegos.
- Implementación de capacitaciones periódicas en materia de contrataciones, ética en la función pública y corrupción, destinadas no solo a funcionarios sino también a proveedores inscriptos y preinscriptos.
- Prohibición de contratar con el Estado de proveedores que tengan cuentas en paraísos fiscales.
- Desarrollo de canales de denuncias y consultas en el ámbito del órgano rector del sistema de contrataciones, abierto tanto a funcionarios y proveedores como a terceros.
- Sanción de una ley de publicidad oficial.
- Plena publicidad de aportes recibidos por partidos políticos.
- Creación de un organismo autónomo a cargo de los aspectos ejecutivos del proceso electoral (que podría administrar los aportes y controlar su destino).
- Creación de una comisión de control conformada por organizaciones de la sociedad civil, a los efectos de implementar mecanismos de control alternativos de la gestión del Estado, fomentando la participación ciudadana.
- Seguimiento de la conformación de las UTEs y sus subcontratistas.

· Políticas de transparencia

- Promoción de la aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública y creación de los organismos de control en los tres poderes del estado, con autarquía de recursos y autonomía funcional.
- Apertura de la información sobre mercados financieros locales y participación de ciudadanos argentinos en mercados financieros extranjeros y paraísos fiscales.
- Sanción de una ley de regulación de gestión de intereses (lobby).
- Sanción de una ley de integridad empresarial que exija programas de integridad a las empresas que se relacionen con el sector público.

· Políticas de investigación y sanción

- Sanción de una ley de extinción de dominio acorde a las garantías constitucionales y efectiva para el recupero de activos de la corrupción. Debe regular específicamente las causales que dan lugar al inicio del procedimiento de recupero de activos.
- Creación de acciones legales específicas por daños y perjucios derivados de delitos contra la administración pública y de la violación de disposiciones vigentes en materia de transparencia institucional (ejemplo: definición de cuadro tarifario en perjuicio de la sociedad; facilitar o no arbitrar medios necesarios para contrastar una corrida cambiaria o la fuga de capitales, etc.).
- Implementación adecuada, transparente y no discrecional de los mecanismos de delación premiada y revisión del modo en que impacta el acuerdo sobre las medidas de coerción. Ampliar su alcance a delitos no abarcados actualmente como los cambiarios, fiscales, financieros y aduaneros.
- Reforzamiento de los controles sobre el sistema de escuchas telefónicas en el marco de investigaciones penales, tanto respecto de la autorización judicial como de su realización y posterior custodia.
- Revisión de los tipos penales que configuran delitos de corrupción, actualización del monto de las penas, mejoramiento de la redacción del artículo sobre prescripción, ampliación del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas y revisión de las penas accesorias a la privación de la libertad.
- Penalización del conflicto de intereses, la manipulación en las cotizaciones y el mercado bursátil, el abuso de posición dominante, la desnaturalización del libre mercado, la obtención indebida de fondos de los presupuestos, etc.
- Definición de un mecanismo de seguimiento de la actividad de los magistrados.
- Fortalecimiento, mediante recursos técnicos y humanos, de las agencias especializadas en delitos de corrupción del Ministerio Público Fiscal (Procuraduría de Investigaciones Administrativas y Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos).
- Reforma de los organismos de control (AGN, SIGEN, UIF) basada en la independencia funcional y presupuestaria. Implementación de políticas de transparencia y participación ciudadana en todos estos organismos.
- Auditoría social del funcionamiento de los organismos de servicios públicos basada en criterios contables, financieros y de derechos humanos, destinada a estudiar posibles irregularidades y negociados.
- Impulso del seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones de estos organismos, con mayor participación ciudadana.
- Inclusión en el Código Procesal Penal del juicio por jurados para delitos de corrupción y de la figura de querella colectiva.
- Sanción de una Ley de Protección Integral de Denunciantes y Testigos en causas de Corrupción, Delitos Económicos y Criminalidad Organizada.
- Ejecución de un plan de capacitaciones sobre ética pública y anticorrupción en los tres poderes del estado.
- Inclusión en los programas de formación ética y ciudadana de todos los ámbitos educativos de los debates y políticas públicas relativas a la corrupción.
- Estimación del daño social provocado por la corrupción sobre las principales dimensiones de las políticas públicas relacionadas con el aseguramiento de derechos esenciales.

Política Criminal

· Implementación plena del nuevo Código Procesal Penal y del sistema acusatorio.
· Creación de una Policía de Investigaciones.
· Sanción de un nuevo Código Penal.
El nuevo Código debe resistematizar el vigente y reintegrar en un texto único a toda la legislación penal complementaria. Debe prever penas proporcionales a la gravedad de los hechos y alternativas para delitos leves de autores primarios. Se tipificarán las formas actuales de la criminalidad organizada, se ampliará la responsabilidad penal de las personas jurídicas, se incorporarán delitos informáticos, delitos contra el ambiente y se pondrá énfasis en la sanción del narcotráfico y la corrupción.
· Adecuación de la Ley de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Arriola”.
· Despenalización del aborto.
· Incorporación de la legítima defensa privilegiada en contextos de violencia de género.
· Creación de un Consejo Federal de Política Criminal y de un Centro Federal de Estadística Criminal.
· Sanción de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil.
· Establecimiento de criterios legales precisos para la aplicación de medidas de coerción procesal.
· Revisión de criterios de ejecución de la pena a nivel federal y provincial, atendiendo la situación actual de las cárceles.
· Incorporación de tecnología para denuncias remotas de casos de explotación laboral, sexual y de trata de personas.
· Implementación de Oficinas de Medidas Alternativas y Sustitutivas de la Prisión Preventiva.
· Consolidación de la participación de la víctima en el proceso penal.
· Implementación de los mecanismos de conciliación previstos en el nuevo Código Procesal Penal Federal.
· Implementación de otros mecanismos de solución alternativa de conflictos, en particular para delitos leves y no violentos.
· Implementación del Sistema de Justicia Penal Restaurativa.
· Creación de un fuero de Violencia de Género que dé respuestas inmediatas. Los nuevos juzgados deberán estar dotados de profesionales que permitan un abordaje interdisciplinario de la problemática.
· Ampliación del Fuero Criminal y Correcional Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.



Políticas de ejecución penal y para la reducción de la reincidencia e inclusión socio-laboral de los egresados del sistema penitenciario

· Definición de cupos para las unidades penitenciarias.
· Designación de un(a) nuevo(a) Procurador(a) Penitenciario(a)
· Articulación de la Procuración Penitenciaria con el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura.
· Establecimiento de un sistema de concursos para integrar las delegaciones de la Procuración Penitenciaria.
· Revisión de las facultades de las delegaciones provinciales de la Procuración Penitenciaria de la Nación.
· Impulso de la creación de mecanismos provinciales de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
· Promoción del acceso a la educación en todos los niveles y a la formación profesional.
· Revisión de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal.
· Establecimiento de un sistema de formación permanente de los agentes del servicio penitenciario federal.
· Definición de políticas para asegurar el bienestar y la seguridad de todos los agentes del servicio penitenciario federal.
· Creación de una nueva Dirección de Asistencia y Control de la Ejecución Penal.
· Acceso a la asistencia técnica y representación legal de las personas privadas de la libertad en materia penal y no penal, así como en todo procedimiento o sanciones administrativas.
· Aplicación de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela).
· Implementación de un programa de empleo para ex detenidos y detenidas.
Destinado a personas con condena agotada en un término no mayor a seis meses, liberados condicionalmente, condenados en semilibertad y procesados con prisión preventiva no inferior a un año que hubieren sido excarcelados. Promoverá su inclusión en entidades mutuales y cooperativas y se establecerá un cupo en la administración pública nacional. Se promoverá el empleo mediante incentivos y contrataciones de bienes y servicios a los privados que cumplan con un determinado cupo.

Políticas de Derechos humanos

· Impulso del proceso de Memoria, Verdad y Justicia.
Reforzamiento del impulso del Poder Ejecutivo en las querellas y en la recuperación de identidades.
· Implementación de la Comisión Bicameral de Identificación de las Complicidades Económicas y Financieras durante el Terrorismo de Estado.
· Creación de un área específica de prevención y sanción administrativa de expresiones negacionistas.
· Preservación de los sitios de memoria.
· Reforzamiento del Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos.
· Definición de políticas públicas para la protección de los derechos culturales y a la tierra de los pueblos originarios.
· Remoción de barreras para el acceso a la justicia de las comunidades indígenas, en particular en lo concerniente a su legitimación procesal.
· Establecimiento de un procedimiento rápido y expedito para que las comunidades indígenas puedan recurrir a instancias administrativas o judiciales cuando se vulnere el derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado sobre proyectos que impacten en sus modos de vida.
· Realización del relevamiento jurídico técnico catastral previsto en la Ley 26.160 (Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena).
· Sanción de una ley para dotar de seguridad jurídica a los territorios de las comunidades indígenas, que incluya procedimientos rápidos para la titulación colectiva de tierras.
· Incorporación a todas las jurisdicciones de los estándares fijados por el Convenio OIT Nº169.
· Defensa del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y acatamiento de las recomendaciones y sentencias de sus organismos.
· Promoción, desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de la implementación de políticas públicas adecuadas a las directivas y opiniones de los organismos internacionales de derechos humanos.
· Implementación de un sistema de seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones internacionales de los organismos creados en virtud de tratados de derechos humanos.
· Coordinación de un mecanismo que permita el control de la ejecución a nivel nacional, provincial y local de las decisiones de los organismos regionales y universales de derechos humanos.
· Políticas para adultos mayores. Prevención de la violencia intrafamiliar e institucional.
· Impulso del tratamiento preferencial en la tramitación, resolución y ejecución de decisiones en procesos administrativos y judiciales en los que sean parte personas mayores, en particular si existe riesgo para la salud o la vida.
· Políticas para jóvenes. Promoción de su participación en el diseño y elaboración de políticas públicas.
· Realización periódica de relevamientos nacionales sobre la situación de institucionalización de niños, niñas y adolescentes.
· Políticas para personas con discapacidad. Implementación y monitoreo de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
· Fortalecimiento de órganos de control y supervisión de las internaciones y de las políticas de salud mental, con independencia y autonomía, en todas las jurisdicciones.
· Políticas de diversidad. Establecimiento de cupos laborales para travestis, transexuales y transgéneros. Reforma de la Ley Antidiscriminatoria.
· Adopción de protocolos de atención y no discriminación para grupos en situación de vulnerabilidad, consensuados y validados con los colectivos implicados e implementados de manera uniforme entre distintos sectores del Estado.
· Creación de un Centro de Asistencia a Víctimas de Delitos.
Se trata de brindar asistencia psicológica a víctimas de delitos contra la vida, la integridad sexual, violaciones a derechos humanos y otras formas de violencia.
· Incentivo de la implementación de defensorías públicas para las víctimas en las provincias.
· Implementación de la ley 27.452 (“Ley Brisa”) para la reparación económica de hijxs de víctimas de femicidios.
· Reestablecimiento de la normativa vigente por ley 25.871, derogación del decreto de necesidad y urgencia 70/2017, declarado inconstitucional y señalado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como un enorme retroceso en materia de derechos humanos de los migrantes.
· Promoción de políticas de integración y articulación para el aseguramiento de los derechos de los migrantes.

Democratización de la Agencia Federal de Inteligencia

· Reforma del Sistema de Inteligencia Nacional para garantizar la transparencia en la asignación de recursos y en el ejercicio de sus funciones.
· Levantamiento del secreto sobre los fondos de la Agencia Federal, reestablecido por el actual gobierno en contradicción con la solución amistosa alcanzada entre el Estado argentino y las víctimas del atentado a la AMIA en el ámbito de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
· Reestablecimiento del diseño institucional establecido en el decreto 1311/15.
· Impulso de la Escuela Nacional de Inteligencia y creación de la Carrera de Inteligencia con participación de universidades nacionales.


Control Ciudadano de las Fuerzas de Seguridad

· Creación de un Auditoría Externa del Accionar de las Fuerzas de Seguridad.
· Fortalecimiento de la Dirección Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional y del PRONALCI en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Programa Nacional de Lucha contra la Impunidad).
· Creación de un Programa de Control Ciudadano de las Fuerzas de Seguridad.
Funcionará en forma descentralizada, con participación ciudadana, de acuerdo a las mejores prácticas de las distintas experiencias de registro, control y rendición de cuentas de las organizaciones sociales.
Este dispositivo tendrá capacidad para:
a) registrar y visibilizar las diversas situaciones de abusos policiales en los barrios;
b) identificar situaciones problemáticas recurrentes y patrones de conducta que deberán ser abordados por el área correspondiente;
c) establecer mecanismos de generación de denuncias sobre abuso policial;
d) generar instancias de comunicación, participación y rendición de cuentas de las fuerzas policiales intervinientes en el territorio.
Se promoverá su implementación en las provincias desde el Consejo de Seguridad Interior.
· Derogación del Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad (“Protocolo Bullrich”) y adecuación de esa normativa a los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley.
· Revisión de las leyes orgánicas de las fuerzas de seguridad.

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